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Todo lo que necesitas saber sobre cómo domiciliar tu empresa

Ambos son imprescindibles cuando se constituye una empresa o sociedad pero tienen implicaciones diferentes, aunque en muchas ocasiones coinciden. El tipo de información que proporcionan y los destinatarios de la misma, no son los mismos. Muchas veces surge la duda de cuál es su diferencia y es imprescindible tener ambas referencias claras a la hora de formar una sociedad y domiciliar una empresa.
El Domicilio Social debe reflejarse en la escritura otorgada ante notario y, una vez presentado ante el Registro Mercantil, dicha dirección será pública, cualquier interesado puede localizarla. Regulado por la Ley de Sociedades de Capital, determina dónde corresponde inscribir la sociedad, los juzgados competentes en los casos legales que afecten y la normativa local o autonómica aplicable. Cabe señalar que la obligación de tener un domicilio social solo la tienen las sociedades mercantiles, los autónomos no deben preocuparse por ello.

Habitualmente el domicilio social está relacionado con la sede de gestión y administración de la empresa. En caso de querer cambiarlo, se debe realizar una nueva escritura pública en la que se modifiquen los estatutos, presentarla en el Registro Mercantil pertinente y comunicárselo a la Administración Tributaria.
En el caso del Domicilio Fiscal, regulado por la Ley General Tributaria, afecta tanto a autónomos como a sociedades. Es el encargado de reflejar la dirección de localización frente a los derechos y obligaciones con la Administración Tributaria. Es decir, es donde Hacienda y la Seguridad Social realizan las notificaciones oportunas. Dicha dirección también determinará la oficina de adscripción, así como el sistema fiscal aplicable.

Si se desea modificar el Domicilio Fiscal, los trámites a realizar son más simples, tiene carácter privado y no figura en los estatutos de la sociedad. Por lo que únicamente se debe cumplimentar el modelo 036 para realizar una comunicación censal y presentarlo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.